Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)
El plazo de presentación de la documentación finalizaRÁ al cabo del periodo de 21 días naturales desde la publicación en Sede DEL ACUERDO DEL ÓRGANO INSTRUCTOR.
Avisos de Interés
A medida que esta Convocatoria avanza, se producen cambios importantes en algunos de los documentos adjuntos. Por favor, asegúrese de que considera la última de estas versiones en su solicitud, en función de la fecha de publicación, actualización o incorporación de cada uno de ellos, los encontrará al final de esta misma página, en la sección "Documentos Adjuntos".
Fecha de actualización: 19/03/2026.
INDICACIONES DE INTERÉS PARA TRAMITACIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE LOS PROYECTOS AUTORIZADOS
La presentación del correspondiente proyecto autorizado por la Comisión Europea mediante la Decisión SA. 121244 de fecha 12 de marzo de 2026 y referido en el acuerdo del órgano instructor del IDAE sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante.
Sólo estarán habilitados para acceder al trámite de este Programa de ayudas:
a) los proyectos listados en el Acuerdo del Órgano Instructor y que se correspondan con los proyectos nacionales seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), ordenados entre aquellos válidamente presentados para su participación en la tercera subasta del Fondo de Innovación (IF25) que hayan cumplido los criterios de cualificación y elegibilidad y que se encuentran dentro del presupuesto dotado y establecido por España para esta segunda convocatoria.
b) Resto de solicitantes promotores o titulares de proyectos españoles que acrediten encontrarse en lista de reserva de CINEA y que podrían obtener la condición de beneficiarios de la ayuda correspondiente en el caso de que cualquiera de los solicitantes seleccionados inicialmente por CINEA desistieran de su solicitud.
En la carga de documentación, si alguno de los documentos no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento en .pdf indicando sencillamente “No aplica”, para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda.
Antes de realizar el trámite de aporte de la documentación requerida es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
• Información de su interés acerca de los navegadores web recomendados.
• Requerimientos técnicos de su equipo informático para usar firma electrónica.
• Podrá comprobar la validez de su certificado e, incluso, realizar una prueba de firma.
• Tipos, características y restricciones de ficheros permitidos.
Registro de las solicitudes
La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento registrado, con carácter definitivo, a todos los efectos, el proyecto correspondiente.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para la presentación de expedientes y el resto de documentos que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos.
Datos de contacto
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas de detalle del Real Decreto de Concesión o el marco regulatorio del programa de ayudas, tanto en la fase de solicitud de propuestas como en la fase de ejecución del proyecto, tales como modificaciones de proyectos, justificación de hitos intermedios, informes de seguimiento, u otras, pueden dirigirse a solicitudes.AaaSH2@idae.es
Para consultas de temas relacionados con incidencias informáticas relacionadas con la aplicación informática durante la solicitud o durante la ejecución y justificación de las actuaciones, pueden dirigirse a relacionadas con la aplicación informática durante la solicitud o durante la ejecución y justificación de las actuaciones, pueden dirigirse a soporteinformatico.AaaSH2@idae.es
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-V, de 8.00h a 19.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 8.00h a 15.00 h.
INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA
Bases y convocatoria
Real Decreto 535/2025, de 24 de junio (modificado por Real Decreto 149/2026, de 25 de febrero), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a proyectos españoles por su participación en el esquema “Subasta como Servicio” del Banco Europeo del Hidrógeno, seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), y se aprueba la primera convocatoria dentro de la Componente 31 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Convocatoria: Resolución de 18 de marzo de 2026 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se realiza la Segunda Convocatoria para la concesión directa de ayudas a proyectos españoles por su participación en el esquema “Subasta como Servicio” del Banco Europeo del Hidrógeno seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA) dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la unión europea – NEXTGENERATION EU.
Extracto publicado en BOE nº Pendiente.
Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS): Identificador: Pendiente.
Tipología de actuaciones objeto de las ayudas
Proyectos españoles seleccionados por CINEA dentro del mecanismo de Subasta como Servicio, del Banco Europeo del Hidrógeno para el apoyo a la producción de hidrógeno renovable, certificado como RFNBO.
Cualquier tecnología de electrólisis será válida para la producción de hidrógeno RFNBO.
De las 3 tipologías de proyectos contempladas en la convocatoria europea (IF25), España únicamente destina presupuesto a las temáticas 1 y 3, y en el caso de la temática 3 la ayuda sólo se dará al hidrógeno RFNBO producido.
La ayuda se recibe en función del volumen de hidrógeno renovable efectivamente producido, expresado en kilogramos (kg) y certificado como RFNBO durante los primeros diez años de operación de la instalación, en función de la ayuda solicitada por el beneficiario en la subasta europea “Innovation Fund IF25 Auction” (€/kg), para las temáticas 1 y 3.
Las instalaciones de electrólisis que producirán el hidrógeno objeto de ayuda tendrán una potencia mínima de 5 MWe, y deberán demostrar que disponen de una estrategia de abastecimiento de electricidad renovable, de venta del hidrógeno producido, de suministro del electrolizador (alineado con NZIA) así como suficiente apoyo financiero, entre otros.
El detalle de los criterios de admisibilidad de los proyectos por parte de CINEA se indica en convocatoria de propuestas “ Innovation Fund fixed premium auction call 2025 for Hydrogen (INNOVFUND-2025-AUC-H2)” del 4 de diciembre de 2025.
Beneficiarios
Las entidades promotoras de los proyectos listados en el Acuerdo del Órgano instructor con el listado de los proyectos nacionales seleccionados por la Agencia Ejecutiva Europea de Clima, Infraestructuras y Medio Ambiente (CINEA), y ordenados entre aquellos válidamente presentados para su participación en las subastas del Fondo de Innovación que hayan cumplido los criterios de cualificación y elegibilidad.
Características y cuantía de las ayudas
El importe total de las subvenciones reguladas se publicará en el Acuerdo del Órgano Instructor con el listado de proyectos seleccionados.
El pago de la subvención se realizará previa acreditación de la producción de hidrógeno renovable de la instalación, certificado como RFNBO según la definición de la Directiva de Energías Renovable y sus Actos Delegados.
Esta ayuda por kilo de hidrógeno producido se desembolsará semestralmente durante los primeros diez años de operación de la instalación, hasta la cantidad máxima por proyecto que se detallará en el Acuerdo del Órgano Instructor al respecto.
La ayuda máxima por proyecto será de 304,1 M€ para proyectos de la temática 1 y 136,4 M€ para proyectos de la temática 3, correspondiente con el presupuesto disponible para cada una de las temáticas.
Evaluación de los proyectos y procedimiento de concesión
El régimen de concesión será el de concesión directa, atendiendo al carácter singular que se deriva de las específicas circunstancias en que han de realizarse las actividades subvencionadas y dado que concurren razones de interés público, social y económico que determinan la improcedencia de su convocatoria pública, al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, así como en el artículo 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El procedimiento de concesión de la subvención se iniciará con la presentación de toda la documentación establecida en el Artículo 4 apartado 3 del Real Decreto 535/2025, de 25 de junio (modificado por el Real Decreto 149/2026, de 25 de febrero) y la correspondiente garantía de participación (8% de la ayuda solicitada) en el Mecanismo <<Subastas como Servicio>>, por parte de las entidades promotoras tanto de los proyectos seleccionados y transferidos por CINEA al mecanismo español de “Subasta como servicio”, como promotoras de aquellos proyectos españoles de la lista de reserva de CINEA, que potencialmente pudiesen ser transferidos en caso de desistimientos del correspondiente proyecto admitido por CINEA.
Presupuesto
El presupuesto total destinado a esta segunda convocatoria es de 440.500.000 €, financiadas por IDAE, con cargo a las transferencias realizadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 23.50.42IA.748.10 (C9.I01) “Al IDAE para hidrógeno renovable: un proyecto país. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia” y 23.50.42ÑB.748.13 (C31.I02) “Al IDAE. Para apoyar la producción y consumo de hidrógeno renovable. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”.
De este presupuesto, 304.100.000 euros, vinculados a la inversión C9.I1, serán destinados a la temática 1 y 136.400.000 euros, vinculados a la inversión C31.I2, a la temática 3 de la convocatoria europea IF25 “ Innovation Fund fixed premium auction call 2025 for Hydrogen (INNOVFUND-2025-AUC-H2)”.
En caso de que el presupuesto de una de las dos “temáticas” no fuera adjudicado en su totalidad, se podrá financiar, con el remanente disponible, proyectos correspondientes a la otra temática. Por otro lado, un mismo proyecto no podrá ser apoyado combinando ambas bolsas presupuestarias provenientes de diferentes componentes del PRTR.
Plazos de presentación:
El plazo de presentación de la documentación establecida en la convocatoria del correspondiente proyecto se iniciará tras la publicación en sede electrónica del IDAE del Acuerdo del Órgano instructor con el listado de los proyectos nacionales seleccionados por CINEA y llamamiento expreso genérico al resto de solicitantes promotores o titulares de proyectos españoles que acrediten encontrarse en lista de reserva de CINEA, finalizando al cabo del periodo de 21 días naturales desde la publicación en Sede de esta convocatoria.
Plazos de realización de actuaciones y justificación
En el plazo máximo de 2,5 años desde la publicación de la resolución de concesión de la ayuda, se deberá aportar la decisión final de inversión del proyecto correspondiente para la producción de hidrógeno subvencionada (i.e. Final Investment Decision).
En el plazo máximo de 5 años desde la publicación de dicha resolución de concesión, deberá llevarse a cabo el inicio de explotación (inicio de operación) de los proyectos susceptibles de producir el hidrógeno renovable objeto de ayuda.
Todas las justificaciones, por parte de los beneficiarios, acreditativas de la realización de las inversiones y ejecución de las actuaciones objeto de ayuda deberán estar presentadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 7, 14 y 15 del Real Decreto 535/2025, de 25 de junio.
Manual de imagen y logotipos
Manual de imagen y logotipos disponible próximamente en la página Web de IDAE.

